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Derecho al Honor e Intimidad

  • El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen es un Derecho Fundamental de todas las personas sean o no ciudadanos españoles.
  • El derecho al honor protege la buena reputación de las personas amparándolas frente a expresiones que le hagan desmerecer de la condición ajena.
  • El derecho a la intimidad se refiere al derecho que todas las personas tienen de mantener su ámbito de privacidad frente a intromisiones de terceras personas.
  • El derecho a la propia imagen implica que nadie puede usar la imagen de otro sin su consentimiento salvo en los caso que la ley permite.
  • La existencia del Perjuicio se presumirá siempre que se acredite la intromisión ilegítima.
  • La indemnización se extenderá al daño moral que se valorará atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida.
  • También se valorará el beneficio que hay obteniendo el causante de la lesión como consecuencia de la misma.